Intervención de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández en la Comisión Permanente




Versión estenográfica de la intervención de la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Laura Rojas Hernández, en la sesión de la Comisión Permanente.


Tema: Agenda política en relación con la presentación de la Controversia Constitucional en contra del Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada Permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, publicado en el DOF el 11 de mayo de 2020.


DIPUTADA LAURA ANGÉLICA ROJAS HERNÁNDEZ

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Intervención durante la Sesión de la Comisión Permanente.


Compañeras y compañeros legisladores, durante estos días y durante esta sesión se han dicho muchas cosas, por eso agradezco que se haya elegido como tema de la agenda política este tema, porque me da la oportunidad de dar respuesta.

Nada más alejado de la verdad, que yo actué en uso de mis atribuciones de forma partidista y que he faltado a la imparcialidad y a la institucionalidad a la que estoy obligada al haber acudido a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para pedirle que revise la constitucionalidad del acuerdo que emitiera el Poder Ejecutivo el pasado 11 de mayo para desplegar, nuevamente, a las fuerzas armadas para auxiliar en tareas de seguridad pública.

Nada más alejado de la verdad, porque no hay mayor institucionalidad que acudir al órgano del Estado designado para ello cuando hay razones fundadas que ponen en duda el cumplimiento de lo que todas y todos votamos y el respeto a las competencias de la Cámara de Diputados.

No hay nada de partidista, ni de desleal, ni de abusivo en cumplir con mi obligación como presidenta de la Cámara de Diputados, tal y como lo hecho siempre.

Lo hice, cuando aún en contra de un buen número de compañeros de mi propia bancada, convoqué y presidí la sesión en la que se aprobó el presupuesto de este año, porque era mi obligación institucional; lo hice cuando el grupo parlamentario mayoritario promovió la presentación de una controversia constitucional en contra del INE, por un acuerdo que presumiblemente atenta contra la facultad de la Cámara de Diputados en materia de remuneraciones de los servidores públicos, y lo hice ahora, porque, de nuevo, hay razones fundadas para considerar que hay una invasión de facultades del Congreso y que el acuerdo del Ejecutivo no es congruente con lo que establece la Constitución. 

En cuanto a la facultad que tiene el presidente o presidenta de la Cámara de Diputados para interponer controversias constitucionales por sí, sin requerir consenso de los grupos parlamentarios, ni aprobación del Pleno, la ley y el reglamento son claros. Y existe esa facultad de esa manera, precisamente porque no siempre es posible alcanzar consensos entre los grupos, ya sea por visiones jurídicas o políticas distintas, y aun así, el presidente o presidenta de la Cámara no está exenta de su obligación de cumplir y hacer cumplir la Constitución y de velar por los intereses de la Cámara.

Aun así, antes de la presentación de la controversia, hablé con siete de ocho coordinadores de grupos parlamentarios, incluyendo el del grupo mayoritario, para exponerles mis razones para presentar la controversia, les compartí el documento y no tuve por parte de ninguno objeción o petición de no presentarla. Por eso, extraña que se repita, una y otra vez, que no haya conversado sobre esto con la y los coordinadores parlamentarios.

Pero el debate, compañeras y compañeros, no debería ser sobre si la presidenta de la Cámara pidió o no pidió permiso a la Jucopo o a la mayoría para que pida que se revise si se está cumpliendo con la Constitución o no, porque es claro que bajo la ley y el reglamento eso no es indispensable. 

El debate real es si bajo el acuerdo emitido por el Poder Ejecutivo el pasado 11 de mayo, las fuerzas armadas tienen certeza jurídica en su participación en tareas de seguridad pública. Ciertamente, el Constituyente Permanente facultó al Poder Ejecutivo para desplegar a las fuerzas armadas a fin de realizar tareas de seguridad pública, pero también determinó cómo debe hacerlo al establecer cinco parámetros retomados de la sentencia del caso Alvarado Espinoza, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la propia sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que declaró inconstitucional la Ley de Seguridad Interior.

La primera, además, establece que la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública debe estar regulada mediante leyes; por lo que un acuerdo administrativo que de facto funciona como ley, no es el instrumento jurídico adecuado. Y de ahí deriva la presunción de invasión de facultades del Congreso.

Debe ser éste el que, como dijo la CNDH el domingo pasado, emita una ley que regule el régimen transitorio de la reforma constitucional para la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública. 

La preocupación sobre la constitucionalidad del acuerdo del Poder Ejecutivo no es de Laura Rojas, fue expresado por la CNDH el pasado 13 de mayo, dos días después de haberse emitido el acuerdo.

Y cito: “En opinión de esta Comisión Nacional de Derechos Humanos, el acuerdo por el que se dispone de la fuerza armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, es insuficiente respecto a la determinación del contenido de los términos, extraordinaria, fiscalizada, subordinada, y complementaria, con lo que se falta al principio de certeza jurídica, pues no se tiene claridad sobre los supuestos en los cuales cabría la actuación de la fuerza armada”.

Por su parte, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU también se manifestó en relación a que la condición extraordinaria en el acuerdo no está suficientemente desarrollada, ya que establece una relación de coordinación entre las autoridades civiles y militares, en vez de una de subordinación como lo establece la Constitución.

Lo mismo, respecto a que la fiscalización de las fuerzas armadas será hecha por las propias fuerzas armadas a través de los órganos internos control de sus dependencias, en lugar de por órganos civiles independientes y técnicamente competentes. 

Las mismas consideraciones nos hicieron llegar un grupo de 17 organizaciones de la sociedad civil, en su mayoría de izquierda, compañeras y compañeros, encabezadas por Amnistía Internacional y 39 de los juristas más destacados del país, del CIDE, la UNAM, Flacso, el ITAM, la Universidad Iberoamericana, la Universidad de Arizona y la Universidad de Georgetown, quienes expresamente solicitaron a la Jucopo y a mí, en mi calidad de presidenta de la Cámara, la presentación de la controversia. 

Así que, compañeras y compañeros, mi decisión de ninguna manera fue arbitraria, sino sólidamente fundada en la ley y en la razón, y no se trata de agraviar a nadie, ni al Presidente ni a ninguna mayoría, no se trata de obstaculizar, sino de darle a las fuerzas armadas lo que han pedido durante 10 años: certeza jurídica.

El ejercicio de la controversia supone plantear una pregunta a la Corte para que, como intérprete último de la Constitución, disipe dudas razonadas, y en su caso, haya correcciones. Ni más ni menos.

También se trata de defender nuestras facultades.

No deberíamos usar doble rasero para decidir presentar una controversia en contra del INE o en contra del Poder Ejecutivo sólo porque se trata del Poder Ejecutivo.

O somos y nos asumimos como un Poder del Estado autónomo en todas las ocasiones y frente a quien sea, o no lo somos.

Este debate, compañeras y compañeros, es, en realidad, sobre la dignidad del Poder Legislativo.

Concluyo en un momento presidenta. Donde unos ven un desafío y hasta un golpe de Estado, yo veo un medio institucional para fortalecer a las Fuerzas Armadas, y en una democracia hacer uso de estos medios institucionales es la normalidad.

El propio Presidente López Obrador lo dijo hace un par de días: no debemos alarmarnos, son los procedimientos establecidos. Y así, que la Corte decida… es lo mejor en este caso; y mientras tanto, los invito a trabajar juntos en la construcción de una ley que regule la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública y les dé, finalmente, un marco jurídico robusto como lo necesitan y lo merecen.

Muchas gracias.